Minedu publica los cuadros de mérito para la contratación docente 2023 - 2024
Segun el nuevo cronograma, el martes 24 de enero el Ministerio de Educación (Minedu) hará la publicación de los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente para el año 2023 y 2024, en el marco de la Ley de Reforma Magisterial (Ley N° 29944).
Determinación de cuadros de mérito para la contratación docente 2023 - 2024
Plazas vacantes para contratación docente ↗
Postulantes por UGEL o DRE para la determinación de los cuadros de mérito ↗
Aplicativo para consultar postulantes por UGEL o DRE para la determinación de los cuadros de mérito ↗
Revise los Cuadros de Mérito para el proceso de Contratación Docente:
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El Decreto Supremo N° 04-2013-ED, que aprueba su reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, en el Título II, Capítulo IV sobre ingreso a la Carrera Pública Magisterial, Sub Capítulo I, del proceso de evaluación para el ingreso, Artículo 40 sobre plazas vacantes desiertas, menciona en el numeral 40.1 y 40.2 que:
Las plazas vacantes sometidas a concurso público son declaradas desiertas por el Comité de Evaluación cuando al finalizar el proceso de la segunda etapa no hubiera ganador o postulante.
Las plazas que sean declaradas desiertas son adjudicadas por contrato, previo concurso público, de acuerdo a las normas nacionales establecidas.
Asimismo, en Capítulo VI sobre el profesor contrado, Artículo 208 sobre contratación de profesores, los numerales 208.1 y 208.2 mencionan de forma literal lo que sigue:
La contratación de profesores en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico Productiva se lleva a cabo mediante concurso público, bajo los principios de calidad, capacidad profesional y oportunidad, a través de una Prueba Única Nacional, la misma que determinará el orden de méritos para dicha contratación.
Durante la vigencia de su contrato los profesores participan en los programas de formación en servicio a los que sean convocados por el MINEDU o los Gobiernos Regionales a través de sus instancias de gestión educativa descentralizada.
Además, el artículo 214 sobre responsabilidad por declaración jurada o falso documento, menciona que "el profesor que presente declaración jurada falsa o documentación falsa o adulterada, será retirado del concurso y/o declarado resuelto el contrato e inhabilitado por cinco (05) años de todo concurso público, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar. La resolución de inhabilitación es registrada de oficio en el Escalafón Magisterial.